El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Lomas de Zamora absolvió a Rodrigo Pifano, el autor material del brutal ataque en Villa Galicia ocurrido en 2023. En tanto, su cómplice —quien manejaba la moto— recibió una pena de más de seis años de prisión. La víctima sobrevivió de milagro tras pasar tres meses en coma.
Un fallo de la justicia de Lomas de Zamora generó una fuerte polémica y conmoción tras resolverse la situación procesal de los dos acusados por el salvaje intento de homicidio de Leonardo Micheli, un mecánico de Temperley que fue baleado a sangre fría en la vía pública. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 dictó la inimputabilidad de Rodrigo «Sindi» Pifano, el tirador que ejecutó el disparo a corta distancia, disponiendo su inmediata libertad, mientras que condenó al conductor del motovehículo.
El hecho investigado ocurrió el 21 de noviembre de 2023, cerca de las 15:00 horas, en el barrio Villa Galicia. Micheli se encontraba trabajando en la vereda sobre un vehículo cuando dos hombres a bordo de una motocicleta lo abordaron. Sin mediar palabra, el acompañante descendió y le efectuó un disparo certero en la cabeza. El mecánico sobrevivió tras una prolongada internación en coma inducido en el Hospital del Bicentenario de Llavallol, aunque el ataque le dejó secuelas permanentes y la pérdida absoluta del recuerdo del episodio.
La estrategia de la defensa y la condena al chofer
La resolución del tribunal lomense generó una paradoja jurídica en los términos del veredicto:
- El autor material, libre: La defensa de Pifano sostuvo desde el inicio del proceso que el joven padecía severas alteraciones mentales. Los magistrados convalidaron los peritajes psicológicos y psiquiátricos, determinando que el imputado no contaba con la capacidad de comprender la criminalidad de sus actos ni de dirigir sus acciones al momento del hecho, lo que derivó en su sobreseimiento.
- El cómplice, condenado: Federico Benítez, quien manejaba la motocicleta en la que se trasladaba el agresor y en la cual huyeron tras el disparo, recibió una pena de 6 años y 10 meses de prisión efectiva por su participación penal en el ataque.
Durante la etapa de instrucción, coordinada por el fiscal Domínguez, los imputados intentaron justificar la agresión alegando una presunta venganza por un supuesto abuso sexual intrafamiliar cometido por la víctima, hipótesis que fue desestimada de forma tajante por la fiscalía tras tomar testimonio a los propios allegados de los acusados. A pesar de que la fiscalía y el juzgado de garantías inicial habían rechazado los planteos de coacción de Pifano, el tribunal del juicio oral terminó inclinándose por la inimputabilidad médica, clausurando la vía de una condena penal para el autor directo del disparo.
